¿Y si nos asociamos? Opciones legales para artistas que quieren crear juntos
Marca colectiva, obra compartida o persona moral: elige la figura adecuada para tu proyecto
En el mundo artístico, es común que varias personas colaboren en un proyecto creativo. Ya sea para realizar una obra en conjunto, lanzar una marca artística o formar una agrupación permanente, lo ideal es hacerlo con claridad legal desde el inicio, para evitar conflictos, reconocer derechos y asegurar la continuidad del proyecto.
A continuación te explico las formas más comunes en que los artistas pueden asociarse legalmente en México, según el tipo de relación, el objetivo y el modelo económico que deseen construir.
1. Crear una marca en común
Si varios artistas desean trabajar bajo un mismo nombre artístico, sello, identidad visual o concepto común, pueden registrar una marca compartida ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Esto les permite:
Usar una misma marca sin conflictos entre ellos
Establecer quién tiene derechos sobre qué elementos
Ceder licencias o comercializar el nombre común
Ejemplo: un colectivo de ilustradores que lanza una tienda en línea bajo un solo nombre.
Fundamento legal: Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI), artículos sobre marcas colectivas y marcas de certificación.
2. Hacer una obra compartida
Cuando dos o más personas crean una obra de forma conjunta, deben establecer desde el inicio:
Quién es autor de qué parte
Qué porcentaje de derechos patrimoniales corresponde a cada quien
Cómo y ante quién se registrará la obra
Esto se formaliza en un contrato de coautoría o colaboración y puede registrarse ante el INDAUTOR (Instituto Nacional del Derecho de Autor).
Fundamento legal: Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), artículos 10, 11 y 19.
Recomendación: incluir cláusulas sobre qué pasa si uno se separa del proyecto, si se vende la obra, o si se hace una adaptación.
3. Constituir una persona moral
Si el proyecto artístico busca actuar legalmente, emitir facturas, recibir pagos, acceder a convocatorias o formalizar relaciones con terceros, puede constituirse como persona moral.
Una persona moral es una entidad legal (una sociedad o asociación) que no tiene cuerpo físico, pero sí capacidad jurídica. Requiere:
Acta constitutiva ante notario
Objeto social bien definido (qué harán y cómo)
RFC y cumplimiento fiscal
Representación legal clara
¿Qué tipo de figura pueden elegir?
Todas estas figuras actúan a través de una persona física que funge como representante legal, quien debe acreditar su poder con el acta constitutiva y el instrumento notarial correspondiente.
4. ¿Qué beneficios tiene formalizar una asociación artística?
Protección de los derechos y responsabilidades de cada persona
Acceso a convocatorias, fondos o donativos institucionales
Capacidad de emitir comprobantes fiscales (facturación)
Mayor claridad con proveedores, aliados, festivales y contratantes
Posibilidad de registrar activos (marca, obra, modelo) como de la entidad
En bucle® te ayudamos a encontrar la figura legal que más te conviene
Crear juntos es poderoso, pero también implica decisiones delicadas. Te ayudamos a elegir si lo mejor es una marca compartida, un contrato de colaboración o una sociedad legal, y te acompañamos en todo el proceso para formalizar tu proyecto sin perder tu esencia creativa.
Por Mónica L. Rayas
Mtra. en Derecho Comercial y de la Empresa
Desde el 2015 registrando marcas en IMPI
Consultora Estratégica de Negocios
y Propiedad Intelectual en bucle®
Psicoanalista individual y de grupos
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